Un Tribunal Federal abrió la puerta para que la Fiscalía General de la República (FGR) pueda judicializar la carpeta de investigación que integra contra Emilio Zebadúa González, persona de confianza de la ex secretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles Berlanga.

Por unanimidad, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito modificó la resolución que impedía a la FGR llevar el caso ante un juez de control.

Los magistrados determinaron revocaron la suspensión definitiva al quejoso, la cual había sido concedida por Felipe Sifuentes Servín, juez Tercero de Distrito con residencia en Tapachula, Chiapas. El ex Oficial Mayor de las Secretarías de Desarrollo Social, y de Desarrollo Agrario, es investigado porque se presume que operó, a través de diversos servidores públicos, la contratación y supervisión de convenios con universidades, donde se cree hubo un desvío de recursos por 5 mil millones de pesos.

Zebadúa reclamó que la FGR ha sido omisa porque no lo ha citado en calidad de inculpado o imputado dentro de la carpeta de investigación que integra en su contra. Asimismo, alegó que la autoridad fue omisa al no darle acceso a constancias.

El ex funcionario promovió el juicio de amparo una semana antes de que la FGR solicitara audiencia inicial para imputar a Rosario Robles el delito de ejercicio indebido del servicio público por más de 5 mil millones de pesos, por el cual hoy está vinculada a proceso y con prisión preventiva justificada. La FGR interpuso un incidente de revisión, tras la suspensión que fue otorgada al ex funcionario federal.

El Tribunal Colegiado declaró fundados cada uno de los agravios expuestos por la agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Unidad de Investigación y Litigación “F” de la Fiscalía Especial para el Combate a la Corrupción en el Servicio Público Federal, adscrita a la Unidad Especializada en Instigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y Contra la Administración de Justicia.

Los magistrados señalaron que en la etapa de investigación inicial en la que el Ministerio Público funge como autoridad, dicha institución tiene la potestad de darle o no acceso al imputado a los registros que obran en la carpeta de investigación.

“En ese orden de ideas, tanto en la Constitución como en el código de referencia, el legislador consideró dotar en la etapa de investigación inicial al Ministerio Público de la facultad de reserva de los datos de prueba, con la finalidad de salvaguardar el éxito de la investigación, y ésta no se vea obstaculizada, hasta en tanto no pretenda recibirle la declaración o entrevista al imputado; pues una vez que esto ocurra se activa el derecho de éste de acceder a la carpeta de investigación correspondiente”, detalla la resolución.